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NEW RISK, S.L. (en adelante, “La Correduría”), es la titular del sitio web: www.newrisk.es
NIF: B65223661.
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Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona en el Tomo 41684, Folio 87, Sección 8, Hoja B 393286, Inscripción 1ª.
Inscrita como correduría de seguros, con la clave J4442, en el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros.
Supervisor: Direcció General de Seguros y Fondos de Pensiones
Teléfono 935 571 033.
E-mail: newrisk@newrisk.es
1. Propiedad intelectual
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En relación con las páginas web de terceros a las que se pueda acceder a través de enlaces insertados en esta web, La Correduría no asume responsabilidad alguna por la información contenida en ellas. La finalidad de dichos enlaces es meramente informativa. Si La Correduría tuviera conocimiento de que en las referidas webs existiese alguna información o comportamiento ilícito o lesivo de bienes o derechos suprimirá lo antes posible los enlaces afectados.
3. Aspectos técnicos
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La Correduría pone a disposición del usuario la posibilidad de realizar comentarios a las entradas de su Blog para fomentar la conversación y el intercambio de ideas y opiniones entre los usuarios y La Correduría. Su objetivo es permanecer abierto y accesible para cualquiera siempre que se respeten unas normas de convivencia y respeto básicas.
A tal efecto, se establecen las siguientes normas de participación:
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5. Menores de edad
El acceso a esta página web, así como la suscripción de cualquiera de los servicios ofertados en ella, está dirigido a mayores de edad con capacidad legal suficiente. Los menores de edad que deseen suscribir los servicios incluidos en ella deberán obtener previamente el permiso de sus padres, tutores o representantes legales, quienes serán responsables de todos los actos realizados por los menores a su cargo.
6. Legislación aplicable y jurisdicción
La presente página web y todo su contenido se rige por la legislación española y queda sometida a la jurisdicción de los tribunales de Barcelona.
POLÍTICA DE DISTRIBUCIÓN DE SEGUROS
NEW RISK, S.L. (en adelante, “La Correduría”), es la titular del sitio web: www.newrisk.es
NIF: B65223661.
Domicilio: Av. de la Via Augusta, 15, 3ª, 08174 Sant Cugat del Vallès (Barcelona).
Inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona en el Tomo 41684, Folio 87, Sección 8, Hoja B 393286, Inscripción 1ª.
Inscrita como correduría de seguros, con la clave J4442, en el Registro Administrativo de Distribuidores de Seguros y Reaseguros.
Supervisor: Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones .
Teléfono 935 571 033.
E-mail: newrisk@newrisk.es
Conforme al artículo 134.3 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, con el objeto de garantizar al usuario la máxima transparencia sobre la actuación de la Correduría, le facilitamos la siguiente información:
1. Responsabilidad civil y capacidad financiera
Contratado seguro de responsabilidad civil y acreditada la capacidad financiera conforme al art. 157.1.g) y f), respectivamente, del Real Decreto-Ley 3/2020, de 4 de febrero
2. Criterios en la selección de productos / Análisis objetivo
El asesoramiento en materia de seguros privados que corresponde a la actividad de correduría de seguros se realiza mediante un análisis objetivo, sobre la base de un estudio previo de un número suficiente de contratos de seguro de entre los existentes en el mercado asegurador, para el riesgo objeto de cobertura, que permite a la Correduría formular una proposición de aseguramiento adecuada a las necesidades del cliente y que responde a todas las cuestiones planteadas en su solicitud.
3. Entidades aseguradoras y mutuas
La Correduría ha otorgado carta de condiciones con las siguientes entidades aseguradoras y mutuas: ALLIANZ (C0109), ARAG (E0210), AIG (E0226), REALE SEGUROS GENERALES (C0613), AXA SEGUROS GENERALES (C0723), AXA AURORA VIDA (C0711), EUROP ASSISTANCE (E0243), CATALANA OCCIDENTE (C0468), ERGO, FIATC (M0134), GENERALI (C0072), INTER PARTNER ASSISTANCE SA, MAPFRE ESPAÑA (C0058), LA PREVISION MALLORQUINA (C0279), DKV (C0161), HISCOX SA (E0231).
4. Remuneración
Respecto a la remuneración que percibe NEW RISK por sus Servicios de Mediación, le informamos a continuación de los distintos sistemas de remuneración que NEW RISK tiene implementados por sus Servicios de Mediación de Seguros:
- NEW RISK pactará libremente con la compañía aseguradora la comisión que percibirá por la/s póliza/s de seguro/s intermediada/s, o, en su caso, pactará directamente con el cliente, de forma expresa y por escrito, los correspondientes honorarios profesionales, los cuales serán incrementados por los impuestos que en cada momento fueren de aplicación. Igualmente, NEW RISK podrá ser remunerado por una combinación de comisiones recibidas de la compañía aseguradora y honorarios percibidos directamente del cliente.
- En adición a lo anterior, NEW RISK podrá cobrar, junto con la prima, una cantidad adicional en concepto de gastos de administración cuyo importe será acordado con el cliente.
- Asimismo, se informa que NEW RISK puede percibir adicionalmente comisiones de las compañías aseguradoras por servicios accesorios a la Mediación de Seguros, tales como gestión de cobro de primas de seguro y otros sobre la cartera global de pólizas de seguro que intermedia con las distintas compañías aseguradoras.
- Por último, se informa que dentro del grupo NEW RISK existen otras sociedades que prestan determinados servicios a compañías aseguradoras tales como correduría de reaseguros, agencia de suscripción de seguros y/o consultoría, distintos independientes a los Servicios de Mediación de Seguros prestados por NEW RISK, pero que pueden estar relacionados con los riesgos objeto de cobertura, pudiendo aquéllas recibir comisiones u honorarios de las compañías aseguradoras por tales servicios.
- Para obtener condiciones de aseguramiento competitivas, NEW RISK (directamente o a través de las sociedades de correduría de reaseguros del Grupo Concentra podría trabajar con las aseguradoras que suscriben o consideran suscribir sus riesgos, de modo que éstas puedan encontrar (re)aseguradoras para dichos riesgos. Para ayudar a facilitar ese proceso, podemos compartir su información con las sociedades de correduría de reaseguros del Grupo NEW RISK y/o con dichas (re)aseguradoras, pudiendo NEW RISK y las sociedades de correduría de reaseguros del Grupo Concentra, obtener ingresos por la colocación del reaseguro de dichos riesgos.
- En el caso de precisar cualquier aclaración sobre el sistema de remuneración de NEW RISK, podrá dirigirse a su interlocutor habitual en NEW RISK, quien adquiere el compromiso de facilitar cuantas aclaraciones fueran necesarias a este respecto.
5. Precio del seguro
Cuando nos solicite una cotización, siempre intentaremos facilitarle el precio final. Si puntualmente una aseguradora no nos diese el precio final, le informaremos de ello lo antes posible.
6. Quejas y reclamaciones
Para atender y resolver las quejas y reclamaciones de su clientela, la Correduría dispone de un Servicio de Atención al Cliente externalizado en D. Luis López Visús, que pone a su disposición los siguientes medios de contacto: por carta dirigida a la C/ Segundo Mata, nº 1, 2ª planta 28224 Pozuelo de Alarcón (Madrid) o bien por e-mail dirigido a atencionalcliente@espabrok.es . Este servicio tiene la obligación de resolver las quejas y reclamaciones en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de presentación. Transcurrido este plazo sin respuesta o bien si la resolución no fuera del agrado del cliente, podrá reproducir su petición ante la Dirección General de Seguros y Fondo de Pensiones, Paseo de la Castellana, 44 28046 Madrid, siendo imprescindible para ello acreditar haber formulado previamente la queja o reclamación, por escrito, ante el Servicio de Atención al Cliente de la Correduría.
7. Derecho de desistimiento en la contratación a distancia
Usted dispone de un plazo de catorce días naturales para desistir del contrato a distancia, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna. El plazo para ejercer el derecho de desistimiento empezará a correr desde el día de la celebración del contrato o desde el día en que se le faciliten las condiciones e información contractual.
El plazo de desistimiento será de treinta días naturales en el caso de contratos relacionados con seguros de vida.
El derecho de desistimiento NO se aplica a los siguientes seguros:
- Los seguros en los que el tomador asuma el riesgo de la inversión, así como los contratos en los que la rentabilidad garantizada esté en función de inversiones asignadas a los mismos.
- Los de seguro de viaje, equipaje o seguros similares de una duración inferior a un mes.
- Los seguros cuyos efectos terminen antes del plazo de catorce de días naturales, en el caso de los seguros de no vida, y de treinta días naturales, en el caso de los seguros de vida.
- Los seguros que den cumplimiento a una obligación de aseguramiento del tomador (por ejemplo, el seguro obligatorio de vehículos).
- Los planes de previsión asegurados.
Puede ejercer directamente su derecho de desistimiento ante la entidad aseguradora que corresponda, que es quien en última instancia debe aceptarla. La Correduría también ofrece su colaboración al tomador para trasladar la solicitud de desistimiento a la entidad aseguradora. Puede ejercer el derecho de desistimiento a través de la Correduría enviando un correo electrónico a newrisk@newrisk.es.
El consumidor que ejerza el derecho de desistimiento solamente estará obligado a pagar, a la mayor brevedad, el servicio financiero realmente prestado por la aseguradora de conformidad con el contrato, hasta el momento del desistimiento.
El importe que el consumidor deba pagar no rebasará el importe proporcional de la parte ya prestada del servicio comparada con la cobertura total del contrato, ni será en ningún caso de tal magnitud que equivalga a una penalización.
La entidad aseguradora reembolsará al tomador a la mayor brevedad, y dentro de un plazo máximo de treinta días naturales, cualquier cantidad que haya percibido de éste con arreglo a lo establecido en el contrato a distancia. Dicho plazo se iniciará el día en que la aseguradora reciba la notificación del desistimiento.
8. Actualización
Esta documentación se actualiza periódicamente con el objeto de adaptarla a los cambios que puedan producirse en nuestra organización, así como a las diferentes modificaciones normativas.
Sant Cugat del Vallès, a 8 de febrero de 2023.