Protege tu embarcación para navegar tranquilo
Todas las embarcaciones de recreo impulsadas a motor, incluidas motos de agua y aquellas que superen los 6 metros de eslora, están obligadas a suscribir un seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil que servirá para hacer frente a las reclamaciones, daños materiales o personales, producidos por la embarcación a terceros.
Pero ¿y si tenemos un accidente fortuito sin que hayan terceros implicados? ¿Se pueden asegurar los daños propios de la embarcación? La respuesta es SÍ, además de asegurar los daños que podamos ocasionar a terceros, podemos contratar la garantía complementaria de Daños Propios, popularmente conocida como Todo Riesgo, con o sin franquicia.
Algunas embarcaciones albergan en su interior equipos de navegación, enseres personales y/o mobiliario de cierto valor, expuestos a diferentes riesgos como pueda ser el robo o los daños producidos por un posible accidente fortuito. ¿Podemos asegurar estos riesgos? Una vez más, la respuesta es SÍ.
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